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Legislación sobre minusvalías
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Publicado en el diario 20 Minutos
(Sevilla), el 10 de febrero de 2009.
Por sentencia: TODA INVALIDEZ DA DERECHO
A SER PENSIONISTA.
Sentencia del TRIBUNAL SUPREMO del 18 de noviembre de 2008:
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Las partes:
El trabajador:
Humberto fue declarado en situación de
incapacidad permanente parcial por una sentencia del Tribunal Superior
de Justicia de Andalucía del 8 de enero de 2006. El demandante hizo una
solicitud de revisión por agravación en julio de ese año, y reclamó que
se le reconociera la situación de incapacidad permanente total par su
profesión u oficio. La reclamación fue desestimada por el INSS el 3 de
agosto de 2006 "por haberse solicitado antes del plazo de revisión
fijado en la resolución inicial". El trabajador se hallaba en ese
momento prestando servicios laborales.
El INSS: La entidad gestora considera, de acuerdo con la Ley
General de la Seguridad Social, que establece que "la resolución inicial
o de revisión por la que se reconoce el derecho a las prestaciones de
incapacidad permanente, en cualquiera de sus grados, o que confirme el
grado reconocido previamente, hará constar necesariamente el plazo a
partir del cual se podrá instar la revisión por agravación o mejoría del
estado invalidante profesional". Según la ley, este plazo es vinculante
para todos los sujetos que puedan promover la revisión. El INSS asegura
que la norma es aplicable a quienes hubieran sido declarados en
situación de invalidez permanente parcial, ya que estos beneficiarios
perciben una prestación única y no pueden ser considerados
"pensionistas". Y son los "pensionistas" los únicos a quienes el
precepto legal autoriza a solicitar la revisión antes del plazo
señalado, cuando estuvieran trabajando por cuenta propia o ajena.
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La sentencia:
El Tribunal Supremo: El tribunal señala
que la finalidad del mandato legal que autoriza la posibilidad de
revisión antes de que transcurra el tiempo fijado, es la de proteger a
aquellos trabajadores en activo que estuvieran impedidos para hacer
dicho trabajo a causa del progreso de sus dolencias, situación que
afecta tanto a los trabajadores con invalidez permanente total como a
los afectados por invalidez parcial. De no amparar el precepto a estos
últimos, podrían verse privados del trabajo si no podían seguir
realizándolo y de la protección de la Seguridad Social. Por ello, el
tribunal considera que no puede interpretarse la palabra "pensionista"
en los estrictos términos que pretende el INSS, sino que el término
comprende a todos aquellos que hayan sido declarados inválidos.
Fuente: Asociación Nacional de
Abogados Laboralistas. '915434547.
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